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La facturación 4.0

Actualizado: 23 feb

Por: CP & MBA José Francisco Sandoval Villegas




En días pasados el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un comunicado en el que aplazaba el uso obligatorio del nuevo esquema de tributación en su versión 4.0, en realidad lo que el gran colectivo de contribuyentes entendió fue una prorroga que se fue hasta el 1º de Enero del 2023, aunque en términos técnicos NO fue ninguna prorroga dado que el esquema en mención (el 4.0) ya esta vigente desde el 1º de Enero de este año, quizás y eso si sería una prorroga técnicamente hablando es para continuar con el uso del anterior esquema (3.3), es decir el SAT aun a la fecha permite que se sigan haciendo las facturas (CFDI) sin incorporar los demás requisitos que implicaría el nuevo esquema.


Y es que si hay que ser consientes de que actualmente el “único” requisito para que a usted le puedan emitir una factura es que pueda proporcionar su RFC (o el que sea que usted quiera proporcionar), y con eso basta para que el proveedor le pueda emitir su factura. Resulta bastante simple este esquema de facturación.


Pero como todo ha ido evolucionando y desde luego que también las medidas de control que ejerce el SAT para con lo contribuyentes ahora se implementará una nueva versión de facturación la cual es la 4.0, y esta nueva versión le requiere tanto al emisor como al receptor mucha más información que sólo proporcionar el RFC en el caso de quien recibe dicho documento.


Entre otras cosas, ahora si será necesario proporcionar el nombre de quien recibe el CFDI, tal y como viene en la constancia de situación fiscal, también le requieren el régimen fiscal, el código postal, entre otros datos.


Esto para fines meramente de fiscalización de las operaciones que realizan los contribuyentes y en gran medida para que la autoridad ya tenga en sus bases de datos más información al respecto de las mismas… hay que entender que toda evolución del sistema tributario de cualquier país es el poder determinar con la mayor certeza posible que el ciudadano esta contribuyendo de manera correcta o de acuerdo a las leyes vigentes, independientemente de si son justas o no dichas leyes, que obviamente los ciudadanos se encargarían de protestar en caso de que no fuese así mediante las instancias pertinentes que el pueblo tenga a bien utilizar.


Es así que al momento si usted esta siendo victima de esta evolución en el esquema de facturación a la fecha ya habrá tramitado varias veces su constancia de situación fiscal para efecto de que cuando pide una factura el proveedor pueda corroborar su información tal y como aparece en los registros del SAT, dado que es un documento que muestra esta información y se viene a transformar también en un documento que debe de estar vigente al momento de solicitar el trámite, dado que muestra lugar y fecha de emisión, se puede encontrar con proveedores que le solicitan este documento (La constancia de situación fiscal) con una antigüedad no mayor a 2 meses quizás.


Mi recomendación es que tramite sus contraseñas del SAT, para que pueda descargar en cualquier momento la constancia de situación fiscal del portal del SAT y evitarse el trago amargo que muchos pero muchos (millones) contribuyentes de irse a formar para que se las dieran en físico, acérquese a su contador y muy probablemente este le pueda ahorrar muchos dolores de cabeza con este trámite.

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