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  • Foto del escritorAngel Soto

Me cobraron por solicitar mi factura… ¿Esta es una práctica legal?

Actualizado: 30 oct 2019


Existen establecimientos que condicionan la emisión de facturas, sabías que esto puede derivar de multas e inclusive hasta la clausura del negocio.



“Sí necesita facturar, tienen un costo extra”, “le vamos a cobrar el IVA por expedirle su factura” o “como no solicito la factura en su momento, ya no la podemos emitir” e incluso hay quienes van más allá y quieren cobrar IVA por actividades gravadas con la tasa del 0% o exentas de IVA, seguramente te ha pasado más de alguna vez escuchar estás respuestas y/o prácticas a la hora de solicitar tú factura, ya sea por adquirir algún tipo de producto y/o servicio, estás malas prácticas por parte de los contribuyentes además de ilegales; se derivan de multas que van desde $15,280.00 hasta $87,350.00 e incluso a clausurar preventivamente el establecimiento por plazos que van de 3 a 15 días, como lo marca el Artículo 84 Fracción IV, CFF.


Los servicios de salud tampoco se eximen de estás malas prácticas por ejemplo cuando requerimos los servicios de un médico o dentista, al momento de realizar nuestro pago o sorpresa la que nos llevamos "únicamente aceptan pagos en efectivo" ya que no cuentan con terminales bancarias en sus consultorios, dado que en 2018 la Suprema Corte de Justicia (SCJN) determino que todos los prestadores de servicios de salud ya sean médicos, dentistas, psicólogos o nutriólogos deberán contar con terminales bancarias, para que así el paciente pueda realizar su pago con tarjeta de débito o crédito (claro, sin dejar de lado los pagos con cheque o trasferencia), esto con la finalidad de que más contribuyentes pueden hacer deducibles sus gastos médicos en su declaración anual.


Recuerda que por Ley es obligación de los Contribuyentes expedir comprobantes fiscales sin condicionar ningún tipo de cobro al gravamen, así lo determina el Artículo 83 Fracción VII, CFF y el Artículo 32 Fracción III, LIVA.


Con la finalidad de acabar con esas malas prácticas y proteger el derecho que tienen los contribuyentes de deducir y acreditar impuestos; el SAT público un listado con las principales malas prácticas detectadas a la hora de emitir facturas y el cuál se encuentra publicado en el portal del SAT:

  1. Exigir cualquier dato distinto al RFC. El contribuyente que solicita la factura sólo debe proporcionar verbalmente su RFC, cualquier dato adicional no es requisito para la emisión. Se ha detectado que existen sistemas de emisión de facturas que exigen dichos datos como requisito para obtener una factura. Se invita a los contribuyentes emisores de factura a revisar sus sistemas para evitar molestias y el uso de datos personales que no son requisito fiscal.

  2. Obligar a proporcionar un correo electrónico, es opcional. Cualquier contribuyente puede revisar en tiempo real que le haya llegado su factura a través de la página del SAT con su RFC y contraseña, el proporcionar el correo es una facilidad a la que tiene derecho el receptor de la factura para obtenerla, pero de ninguna manera es obligatorio.

  3. Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura. El precio debe incluir el IVA, sin importar si se solicita o no la factura.

  4. Obligar al receptor a generar la factura en un portal. Se debe entregar la factura en el establecimiento en donde se lleva a cabo la operación y al momento de realizarla, si así lo requiere el contribuyente.

  5. Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción. Se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación.

  6. Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada. La forma de pago debe ser registrada cuando éste efectivamente se realice.

  7. Solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura. Si este campo no lo proporciona el receptor, se deberá utilizar la clave “P01 Por definir" o bien la que señale el receptor.

  8. Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo. Sin importar el medio por el cual se realice el pago del producto o servicio, se deberá emitir factura.

  9. No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos. Cuando se reciban anticipos, estos deben facturarse.

  10. No emitir factura. El SAT no tiene suscrito convenio con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas.

Y sí en algún establecimiento se niegan a expedirte la factura, te solicitan información adicional o algún pago adicional para efectos de expedirte la factura, puedes presentar tu denuncia las 24 horas del día, los 365 días del año en los siguientes medios de contacto.



Por: CP Angel Soto Méndez.

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