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  • Foto del escritorJosé Francisco Sandoval V

¿QUIÉRES SABER CUÁNDO UNA NOTICIA Y/O MEDIO INFORMATIVO, ES CONFIABLE?

Actualizado: 23 feb





Por: Lic. Laura Matilde Aguilar González


Hoy en día, la era digital ha simplificado por mucho la agudeza del ser humano, describiendo de manera particular la palabra “agudeza” como esa virtud, que tiene el ser humano para tomarse el tiempo de ser curioso con la inmedible cantidad de información a la cual tenemos acceso y de manera predominante, por medios como redes sociales, canales digitales como blogs, podcasts, solo por mencionar algunos; información, ya sea en texto, imágenes, videos, audio y gráficos; por lo que esa agudeza la podemos empezar a despertar.


Ya que se ha vuelto tan fascinante el conseguir alto número de audiencia para obtener aceptación y posicionamiento en dichos medios, pues habrá audiencia para todo tipo de contenido, sin embargo, tanto el medio de comunicación o productor independiente ya sea una persona física o moral, como para la audiencia, es importante que ambos conozcan que, si bien la tecnología siempre va a pasos agigantados, no menos cierto es, que las consecuencias ya sean positivas o negativas, siempre ocasionarán su regulación y para el caso que nos ocupa, es importante tener en cuenta, respecto de la información a la que tengamos acceso, previamente a su aprobación, las siguientes recomendaciones.


1. No compartir nada en automático.

2. Revisa quien es el transmisor de la información.

3. Identifica la fuente original de la información.

4. Confirma la información en sitios oficiales.


Una vez, que realizaste las recomendaciones anteriores, verifica que el transmisor de la información, incluyendo y con más énfasis las páginas de “noticias”, cumpla con las obligaciones que la ley les impone.


Que, en su portal electrónico, establezca:


a) Nombre completo del responsable del medio de comunicación o productor independiente, ya sea persona física o moral.

b) Domicilio.

c) Código postal.

d) Entidad Federativa.

e) Correo electrónico.

f) Teléfono.

g) Fuente de la información.


Todo lo anterior, precisamente porque dicha información provocará opinión pública, ya sea positiva o negativa, por lo tanto, el medio informativo, debe cumplir con las siguientes condiciones para respetar el derecho a la información:


· Responsabilidad en la información que se difunde.

· Compromiso con la audiencia a la que va dirigida.

· Respeto a las opiniones diferentes.

.

Siendo importante resaltar que el derecho a recibir y difundir información, únicamente tiene como limitante el no afectar a terceros, con hechos falsos e injuriosos, por lo tanto, la información debe ser objetiva, de tal manera que no afecte ningún derecho humano, ni tampoco la dignidad de cualquier persona, ya que, de ser así, se le provocaría daños y perjuicios, que deben ser reparados mediante un derecho de réplica y/o en la vía judicial.


De ahí la importancia, que el sujeto que difunda información, no solo lo haga por pasatiempo o porque tiene un dispositivo móvil en sus manos y estuvo en el momento preciso de algún acontecimiento, o bien, porque le enviaron información, ya que el recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación, ya sea impreso, radioeléctrico, digital o imagen, conlleva importante responsabilidad, pues una simple fotografía que haya sido compartida en redes sociales, editada o no y que sea utilizada para un fin distinto al que fue compartida, dicha actividad se encuentra regulada en la Ley Federal de Derecho de Autor, pues dicha ley establece que solo con el consentimiento expreso de su titular puede ser usado o publicado, a menos que se trate de una fotografía en la cual, dicha persona forme parte menor en tal retrato, o este haya sido tomado en un lugar público y con fines informativos o periodísticos.


La importancia de saber cuándo una noticia y/o medio informativo, es confiable, descansan en fomentarlo para crear una cultura que puede evitar víctimas de algún daño o perjuicio que vulnere su honor o reputación; porque hasta hoy, han sido muchas personas que no tengan relación contigo, pero mañana puede ser algún familiar, amigo o tú mismo y por esta razón debes hacer conciencia de la información que aceptes o des por cierta.


Fuente: LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 6o., PÁRRAFO PRIMERO, DE LA

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA; LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR, LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS y LEY DEL SECRETO PROFESIONAL DEL PERIODISTA DEL ESTADO DE GUANAJUATO.

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