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  • Foto del escritorJosé Francisco Sandoval V

“Regreso a clases y la deducción de las colegiaturas”

Actualizado: 23 feb





Por: CP & MBA José Francisco Sandoval Villegas


Ha llegado un nuevo ciclo escolar y con ello todo lo que implica en el consumo o gasto de las familias que tienen algún o algunos integrantes en las escuelas.


En esta ocasión quiero mencionar que para efectos fiscales hay algunos “apoyos” que la autoridad da la oportunidad de considerar como “deducibles” en la declaración anual de algunas personas físicas.


Esta facilidad esta disponible para las personas Físicas que presenten declaración anual de impuestos ya sea que estén inscritos en el Régimen General de Ley y/o como asalariados y que tengan hijos en alguno de los niveles educativos que se mencionan más adelante.


La autoridad indica que los gastos de COLEGIATURAS y EL TRANSPORTE ESCOLAR pueden considerarse como deducciones en la declaración anual del contribuyente si se cumplen ciertos requisitos que a continuación se mencionan.


Estos conceptos DEBEN de ser pagados con medio distinto al efectivo, es decir, con cheque, tarjeta o transferencia por mencionar algunos.


Se debe de solicitar la factura correspondiente y mencionar en la misma que la colegiatura en el uso del CFDI indicar que es por pagos por servicios educativos (clave D10).


También se recomienda que en el cuerpo del CFDI se especifique el nombre del alumno para poder comprobar el parentesco.


La deducción de colegiaturas será conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios y los limites anuales son:


Preescolar: $ 14,200.00 pesos

Primaria: $ 12,900.00 pesos

Secundaria: $ 19,900.00 pesos

Profesional técnico $ 17,100.00 pesos

Bachillerato o su equivalente $ 24,500.00 pesos


Cabe hacer mención de que estos montos son POR ALUMNO y en el caso de que en el año de calendario se “suba” de grado de estudio el limite que se aplicaría sería el del grado más reciente.


Así que ya lo sabe si tiene hijos o usted mismo esta estudiando puede hacer uso de esta “ayuda” que el SAT le ofrece respecto de este tipo de gastos, si requiere mayor información con gusto en las oficinas de CANACO le podemos apoyar.

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