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  • Foto del escritorJosé Francisco Sandoval V

Se quedó sin trabajo y… ¿Sin seguro?

Actualizado: 23 feb





Por: CP & MBA José Francisco Sandoval Villegas


El hecho de quedarse sin empleo conlleva muchas situaciones en la mayoría de los casos preocupantes. Dependiendo de la dinámica social que se tenga en el seno familiar ya que si es el único ingreso que tiene la familia la situación podría ser alarmante, tomando en cuenta las estadísticas respecto de la posibilidad de tener algún tipo de “ahorro”.


En este sentido me gustaría tratar el tema del Seguro Social y de la vigencia de los derechos que tienen los trabajadores para hacer uso o la OBLIGACIÓN que tiene el Seguro Social de brindar la atención requerida.


Para esto me permito citar el siguiente precepto legal de la misma Ley del Seguro Social en su artículo 109 que a la letra indica lo siguiente:


Ley del Seguro Social

Sección quinta

De la conservación de derechos


Artículo 109.- El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios.


De lo anterior podemos darnos cuenta de que si usted corre la des fortuna de quedarse sin empleo, usted podrá contar SOLO con el servicio de asistencia médica y maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria durante las siguientes 8 semanas posteriores a la baja o desocupación del empleo.


Esto es muy importante saberlo porque en reiteradas ocasiones el personal del seguro Social de manera totalmente arbitraria e irresponsable niegan el servicio a ex trabajadores que aun cuentan con el servicio médico, alegando que ya no están activos con ningún patrón.


No es cosa menor ya que tratándose de temas de atención médica sabemos que la urgencia o atención oportuna puede ser la diferencia entre un simple padecimiento o algo más grave.


Si le ha tocado sufrir este tipo de servicio por parte de los colaboradores del Seguro Social le invitamos a que tome cartas en el asunto y proceda de manera legal en contra del mismo dependiendo de las afectaciones que se puedan derivar de la negación de la atención.


En la CANACO ServyTur Dolores Hidalgo le podemos apoyar con este y muchos otros trámites, estamos para servirle.

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