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  • Foto del escritorJosé Francisco Sandoval V

Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM)


Por: CP & MBA José Francisco Sandoval Villegas


El sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) es un medio informativo para el público en general, ya que, por una parte, las personas en su carácter de consumidores pueden consultar la oferta y la demanda de los bienes y servicios de las distintas empresas registradas, mientras que para el empresario resulta ser el mejor medio para promover su negocio en el ámbito nacional e internacional.


En términos del artículo 29 de la LCEC, el SIEM es un instrumento del Estado mexicano cuyo propósito es captar, integrar, procesar y suministrar información oportuna y confiable sobre las características y la ubicación de los establecimientos de comercio, servicios, turismo e industria en el país, a fin de permitir un mejor desempeño y promoción de las actividades empresariales.


Esta es la esencia de la creación de dicho organismo en el país y la verdad es que resulta hasta cierto punto eficiente la administración y operación del organismo, pero necesita de la participación ayuda y cooperación del sector empresarial de la región.


Es por esto estimado lector y empresario que se asome a las instalaciones de la CANACO Dolores a fin de poder generar ese gremio de cooperación y apoyo empresarial en la ciudad que si bien ya existe, también es cierto que no son todos los que están, ni están todos los que son.


El artículo 30 de la LCEC establece la obligación de registrarse y actualizar anualmente dicho registro ante el SIEM.


Personas Físicas con actividades empresariales que realicen actos de comercio, servicios y turismo que se encuentren establecidos y sujetos a un régimen fiscal (artículo 2º. Fracción III,de la LCEC)


Personas Físicas con actividades empresariales que se lleven a cabo actividades industriales, extractivas y de transformación y cuyos servicios se encuentren establecidos y sujetos a un régimen fiscal (Artículo 2º. Fracción IV, de la LCEC)

Sanción por NO registrarse en elSIEM


En términos del artículo 40 de laLCEC, la SE sancionará con multas de 200 a 600 salarios mínimos, según la capacidad económica del infractor, a aquellos comerciantes o industriales que incurren en las conductas siguientes:


1.- No cumplir con la obligación de registrarse oportunamente en el SIEM, o proporcionen información incorrecta o incompleta en su registro.


2.- No registren a todos sus establecimientos.


3.- Proporcionen información incorrecta o incompleta en su registro.


4.- No cumplir con la obligación de informar a la cámara empresarial correspondiente para efectos de su registro en el SIEM, cuando cesen parcial o totalmente en sus actividades o cambie su giro o domicilio.


En caso de reincidencia se podrá imponer multa hasta por el doble de la sanción anterior.


Actualmente la CANACO SERVyTur Dolores Hidalgo además de manejar este padrón empresarial, también le ofrece una amplia gama de servicios de los cuales puede hacer uso como miembro de la Cámara por ejemplo puede formar parte de plan de capacitación empresarial en el que usted puede encontrar varios cursos en diferentes áreas o disciplinas como Impuestos, Costos, Finanzas, Ventas, Marketing, etc.


Información de contacto:

jf_spock@hotmail.com

Twitter:@jf_spock

Facebook: http://facebook.com/josefrancisco.sandovalvillegas

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